Mediante el Decreto 353, el presidente Daniel Noboa decretó un nuevo estado de excepción en nueve provincias y cuatro cantones del Ecuador. 

Esta medida estará vigente por 60 días y rige en nueve provincias: Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos.

Esta disposición también deberá cumplirse en los cantones: La Maná, en Cotopaxi; Las Naves, en Bolívar; Echeandía, en Bolívar; La Troncal, en Cañar. 

El decreto señala lo siguiente:

La suspensión del derecho a la inviolabilidad de correspondencia permitirá la identificación, análisis, recopilación de información estrictamente pertinente, cuando resulte indispensable para prevenir o neutralizar amenazas relacionadas con los hechos que motivan esta declaratoria, aplicándola de manera excepcional y caso por caso, sin exceder los fines del estado de excepción ni emplearse para acceder a información ajena a dichos fines; requiriéndose por cada intervención, un informe motivado del órgano competente que identifique la información requerida y exponga las razones que justifican el acceso, priorizando, siempre que sea posible, los mecanismos previstos en el régimen ordinario, conforme a la normativa aplicable.

ARTÍCULO 4.- Disponer el empleo e intervención de Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos, así como en los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves (Bolívar) y Echeandía (Bolívar) y La Troncal (Cañar) con el fin de precautelar la protección interna, el mantenimiento y control del orden público y la seguridad ciudadana; así como para prevenir o contrarrestar cualquier actividad delincuencial que afecte a la población y el ejercicio de sus garantías, derechos y libertades.

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