A partir del 1 de enero de 2026, el manejo de la facturación electrónica en Ecuador entra en una nueva etapa. Las resoluciones NAC-DGERCGC25-00000014 y NAC-DGERCGC25-00000017 del Servicio de Rentas Internas (SRI) terminan de afianzar un esquema de mayor control, trazabilidad y responsabilidad sobre la emisión y corrección de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios.

Aunque varias reglas comenzaron a aplicarse desde agosto de 2025, en 2026 se marca el punto en el que el sistema se vuelve más estricto en la práctica, especialmente para quienes emiten facturas de forma habitual.

2026: menos margen de error y más control tributario

Desde enero de 2026, entran plenamente en vigencia disposiciones que fortalecen la capacidad del SRI para verificar, anular y controlar comprobantes electrónicos, incluso sin intervención del contribuyente en ciertos casos.

Uno de los cambios más relevantes es que el SRI podrá anular de oficio facturas emitidas como “consumidor final” durante procesos de control tributario, cuando detecte inconsistencias o uso indebido de esta categoría.

Esto implica que:

  • Usar “consumidor final” sin sustento puede convertirse en un riesgo tributario.
  • La facturación deberá reflejar con mayor precisión al cliente real de la transacción.
  • Las correcciones posteriores serán prácticamente imposibles.
  • Anulaciones más vigiladas y notas de crédito bajo lupa

Desde 2026, el uso de notas de crédito queda claramente delimitado:

  • Solo podrán emitirse en los casos expresamente permitidos por la normativa (devoluciones, descuentos o anulaciones justificadas).
  • El SRI podrá verificar su uso adecuado en procesos de control.
  • No podrán utilizarse como un mecanismo general para corregir errores fuera de plazo.
  • En la práctica, esto significa que emitir primero y corregir después ya no será una opción segura.
  • Menos dependencia del receptor en casos específicos

Otra regla que se consolida desde 2026 es la posibilidad de anular ciertos comprobantes sin necesidad de aceptación del receptor, cuando:

  • El receptor sea un sujeto del exterior, o
  • Conste como fallecido en el Registro Civil.

Esto agiliza trámites, pero también refuerza el control automático del sistema del SRI sobre la información registrada.

Los cambios en la facturación electrónica ya empezaron en 2025

Desde el 1 de agosto de 2025 ya rigen ajustes que sirven de antesala al escenario de 2026:

  • El plazo para anular comprobantes electrónicos en línea se redujo del día 10 al día 7 del mes siguiente.
  • Pasado ese plazo, las facturas solo pueden corregirse mediante nota de crédito, cuando la norma lo permita.
  • Las facturas a “consumidor final” no pueden anularse ni modificarse.
  • Estos cambios obligan a los contribuyentes a detectar errores en cuestión de días, no de semanas.

¿Qué significan los cambios en la facturación electrónica para empresas y emprendedores?

El mensaje es claro: desde 2026 el sistema será más automático, menos flexible y más fiscalizado.

Para evitar problemas con el SRI, se recomienda:

✔️ Revisar cada comprobante el mismo día de emisión.

✔️ Reducir al mínimo el uso de “consumidor final”.

✔️ Fortalecer controles internos de facturación.

✔️ Usar notas de crédito solo cuando estén plenamente justificadas.

✔️ Capacitar al personal contable y administrativo con anticipación.

En resumen, 2026 consolida un cambio de fondo en la facturación electrónica en Ecuador: menos correcciones, más control y mayor responsabilidad desde el primer clic. Anticiparse será la mejor estrategia para cumplir sin sobresaltos. (JS)

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