Un juez de la Unidad Judicial Penal de La Libertad, en Santa Elena, negó la acción de hábeas corpus correctivo presentada a favor del exvicepresidente Jorge Glas, con la que su defensa buscaba que se dispongan mejoras en sus condiciones de detención dentro de la denominada Cárcel del Encuentro. La resolución se conoció este 5 de abril de 2026, luego de que el magistrado concluyera que no se acreditó una vulneración de derechos.
El recurso planteaba, entre otros puntos, que se incrementen las porciones de comida y que Glas reciba atención médica especializada mientras permanece recluido en el centro penitenciario de máxima seguridad. La defensa insistió en que el exfuncionario requiere seguimiento de salud, en medio de cuestionamientos sobre sus condiciones carcelarias.
Sin embargo, el juez resolvió no dar paso al pedido y, con ello, las condiciones actuales de reclusión de Glas se mantienen sin cambios. La decisión se sustentó en que durante la audiencia no se demostró de forma suficiente la presunta afectación a sus derechos dentro del sistema penitenciario.
El hábeas corpus correctivo es una acción constitucional que permite a una persona privada de libertad solicitar correcciones en sus condiciones de detención cuando considera que existe una afectación a derechos como la salud, la integridad o la dignidad.


