El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) autorizó la entrega de formularios para que el comité impulsor de la iniciativa del Día Nacional de la Oración inicie la recolección de firmas ciudadanas. Si alcanza el respaldo exigido por la legislación, la iniciativa popular normativa será enviada a la Asamblea Nacional para su debate.
¿Qué aprobó el CNE?
La resolución fue adoptada el 10 de julio de 2026 con cuatro votos a favor y una abstención.
La propuesta fue presentada por Alexandra Peralta Marín, en representación del comité promotor. Según el presidente del CNE, José Cabrera, la iniciativa cumplió con los requisitos establecidos para los mecanismos de democracia directa previstos en la Constitución y la ley.
¿Cuántas firmas se necesitan?
Los promotores deberán reunir más de 34.000 firmas válidas, equivalentes al 0,25 % del padrón electoral utilizado en las últimas elecciones nacionales, integrado por más de 13,6 millones de electores.
Una vez entregadas, el CNE verificará la autenticidad de las firmas. Si cumplen los requisitos legales, la propuesta será remitida a la Asamblea Nacional.
¿Qué propone la iniciativa?
De acuerdo con sus impulsores, el proyecto busca establecer una jornada nacional en la que personas de distintas creencias puedan reunirse para promover valores como la paz, la reconciliación y la justicia.
La resolución del CNE no crea el Día Nacional de la Oración. Únicamente habilita el proceso de recolección de firmas previsto para las iniciativas populares normativas.
La propuesta tuvo una abstención.
La consejera Elena Nájera fue la única integrante del Pleno que se abstuvo durante la votación.
La funcionaria cuestionó la pertinencia de impulsar esta propuesta al considerar que el país enfrenta prioridades como la inseguridad, la situación económica y el desempleo. Además, señaló que ya existe una conmemoración internacional relacionada con la oración, por lo que, a su criterio, no sería necesaria una nueva fecha establecida por ley.
Contexto
La iniciativa popular normativa es un mecanismo de participación ciudadana contemplado en la Constitución ecuatoriana. Permite que los ciudadanos presenten proyectos de ley siempre que obtengan el respaldo de al menos el 0,25 % del registro electoral nacional.}
Tras la validación de las firmas por parte del CNE, la propuesta pasa a conocimiento de la Asamblea Nacional, donde sigue el trámite legislativo correspondiente.


