Como un “despropósito” y “una circunstancia absurda” se considera la posibilidad de que la teoría del ‘Lawfare’, un invento del correísmo, pudiera ser incorporado como un nuevo tipo penal en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Como un “despropósito” y “una circunstancia absurda” se considera a la posibilidad de que la teoría del ‘Lawfare’, un invento del correísmo, pudiera ser incorporado como un nuevo tipo penal en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Después de la década correísta, simpatizantes de esta ideología calificaron a los procesos judiciales (denuncias, versiones, solicitud de medidas cautelares, etc), como ‘Lawfare’, es decir, un supuesto uso indebido de la Justicia como arma para destruir en los tribunales a sus líderes, varios de ellos sentenciados y procesados por delitos. Ahora, esta teoría es común entre seguidores y simpatizantes.

 

Para el abogado penalista en libre ejercicio, Marcelo Dueñas, lo que se intentaría, de llegarse a incorporar esta figura en el COIP, es revertir investigaciones o sancionar a jueces, fiscales, abogados, o peritos, y que sus actuaciones o decisiones puedan ser tipificadas como delito.

Dueñas cree que la conducta que se pretendería tipificar como delito estaría orientada “definitivamente” como revancha para quienes han actuado, por ejemplo, en la intervención de un caso o el juzgamiento de hechos de corrupción.

“De configurarse ese escenario, me parece que sería una circunstancia absurda; que el ‘Lawfare’, catalogado como una (supuesta) persecución política, quieran enmarcarle en la ley penal”, alerta.

El abogado considera que quien comete un delito, independientemente del cargo, función o ideología y la responsabilidad que tenga como particular o funcionario público, tiene que responder ante la justicia en cualquier tiempo y, si cree que es infamemente perseguido, es ante la justicia donde debe demostrar su inocencia, apunta.

A su criterio, el catálogo de delitos no puede incrementarse por gusto o disgusto de alguien o de un sector, y debe ser debidamente analizado en base a las necesidades y consecuencias de tipificar la norma penal.

Dueñas aclara que la norma penal tiene que ver fundamentalmente con la privación de la libertad, que es lo más sagrado. Pero quien infringe la ley, sin importar en el tiempo, ni en la condición que lo haya hecho, tiene que responder, sea funcionario o no, insiste.

“Pero pretender tipificar la figura de ‘Lawfare’, como delito para perseguir a quienes en su momento han denunciado, o han administrado justicia, o han acusado, me parece un despropósito o una manifestación de cierto grado de desesperación de algún segmento político”, expresa.

En todo caso, opina que quienes han actuado de manera imparcial en la resolución de casos, no deberían preocuparse.

Tampoco cree que la idea de un determinado sector político que se sienta perjudicado llegue a prosperar por la nueva conformación de la Asamblea Nacional que requería de una mayoría (77 votos).

 

La Asamblea es la única facultada para dictar leyes, pero, en este caso, no para reformar el COIP, sino para incrementar nuevos tipos penales.

Con estos criterios coincide el abogado penalista Pablo Encalada. Es la Asamblea quien debe determinar o construir nuevos delitos o qué conductas pueden ser punibles.

Pero, ¿cómo lo van a hacer?, ¿cuál es la descripción de esa conducta?, cuestiona Encalada. Esto debe discutirse a nivel político, pero también en la esfera jurisdiccional para saber si amerita o no construir un nuevo tipo penal, dice.

¿Cómo determinar una conducta en la cual se establezca que la persecución penal es un delito, cuando la persecución penal es una atribución del Estado a través de la Fiscalía? es otra pregunta que se plantea el abogado. “No se puede criminalizar una atribución constitucional”, responde. “Pero me parece difícil que se pueda construir un delito de esa naturaleza”, enfatiza.

Sin que aún existan certezas de que el ‘Lawfare’, intente ser considerado como un tipo penal en el COIP, Pablo Encalada opina que quizá tendría que considerarse algo parecido a lo que hoy se conoce como el delito de la falsa imputación de lavado de activos, o la denuncia maliciosa que es llevar a la justicia a alguien con maldad para que responda por un delito. Actualmente, un juez es quien califica si en la denuncia existe o no malicia, o mala fe.

Recuerda que el derecho penal es el último recurso que tiene la sociedad para resolver los conflictos, es decir, solo lo más grave debe ir a la esfera penal. (SC)

El correísmo ya hizo un primer ensayo en 2023
En 2023 hubo antecedentes de una intención correísta de intentar anexar la teoría ‘Lawfare’ en el sistema judicial ecuatoriano.

En una sentencia de junio de ese año, con la que el juez Jhon Rodríguez Mindiola de la Unidad Judicial del cantón Yaguachi (provincia del Guayas), había aceptado, a través de un tercero, otorgar a Jorge Glas, exvicepresidente de la República, medidas cautelares, planteando que el ‘Lawfare’ había sido un instrumento de persecución en su contra. En la solicitud de medidas cautelares presentada por el ciudadano Rodolfo Miranda y aceptada por el juez, se señalaba que existiría una campaña de desprestigio en contra de Glas, principalmente en redes sociales, “con el objetivo de impedir que se postule como candidato a alguna dignidad dentro del nuevo periodo de (aquellas) elecciones».

Rafael Correa: sutiles formas de represión como el ‘Lawfare’
Durante una conferencia denominada «Primeras Jornadas Internacionales sobre Derechos Humanos y Lawfare» que se desarrolló en Argentina hace algunos años, Rafael Correa calificó de «nuevas y sutiles formas de represión como el Lawfare».

«Malos jueces cumplen hoy el rol que cumplían los malos militares en los 70″, dijo en esa conferencia, y añadió que, los jueces ya no buscan condenar por razones, sino razones para condenar».

Fuente: https://www.lahora.com.ec/pais/codigo-organico-integral-penal-asamblea-nacional-lawfare/

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