Los afiliados y jubilados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) pueden solicitar la extensión de cobertura de servicios de salud para su cónyuge o conviviente con derecho. Este trámite se realiza previo al pago mensual adicional de la prima calculada sobre el sueldo real que percibe el asegurado o de la renta del jubilado.
Para tener derecho a los servicios y prestaciones de salud, en caso de enfermedad, los dependientes deben registrar tres meses de aportes consecutivos y, para maternidad, doce meses de aportes consecutivos e ininterrumpidos.
Beneficios
- Entre los beneficios están: derecho al servicio de atención médica integral.
- Prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades
- Recuperación y rehabilitación de la salud individual
- Atención prenatal, parto y postparto (cuando registre 12 aportaciones consecutivas antes del parto).
- Fármacos
¿Cuánto hay que aportar?
En el caso del afiliado, se debe pagar la prima del 3.41% y los pensionistas de invalidez y vejez del Seguro General; los de incapacidad permanente total de Riesgos del Trabajo cancelan el 4.15% de su pensión o renta mensual.
¿Cómo registrar a un cónyuge o hijos?
Ingresa al sistema del IESS con su usuario y clave personal y sigue los siguientes pasos:
- Ingrese a www.iess.gob.ec.
- Dé clic en Asegurados.
- Seleccione la opción Afiliados.
- Ingrese el número de cédula y clave personal.
- Clic en Información
- Elija Registro de dependientes.
Datos de interés
Quienes se benefician de la extensión de cobertura de salud no adquieren derecho a prestaciones económicas como subsidios de enfermedad o de maternidad. El valor del aporte no es parcial, se cancela por el mes completo, independientemente de la fecha de aprobación y/o fecha de cese.
Fuente: https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/salud/6/seguro-del-iess-acceder-conyuge-hijos-menores-18-anos-salud


